Conciliaciones: 3166254814 Insolvencia: 3182445935 ccconvivenciaypaz@gmail.com

Servicios

Consultas jurídicas virtuales

Centro de conciliación, arbitraje y amigable composición Convivencia & Paz

TODO LO QUE QUIERE SABER SOBRE
LA LEY DE “BORRON Y CUENTA NUEVA”.

El presidente sancionó la ley 2157 del 29 de octubre de 2021, más conocida como “Ley de Borrón y Cuenta Nueva”. Esta ley tiene por objeto modificar y adicionar a la Ley 1266 de 2008, en todo lo relacionado con la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.

La Ley otorga una amnistía por única vez para que, los usuarios que han estado reportados negativamente en centrales de riesgo y, se pongan al día con sus deudas, puedan salir de las bases de datos de dichas centrales a los seis meses. La ley ya había sido aprobada en el Congreso, pero necesitaba el aval de la Corte Constitucional por tratarse de una ley estatutaria de habeas data.

El Habeas Data es el derecho que tiene toda persona para conocer, actualizar y rectificar toda aquella información que a ella se refiera y que se encuentra recopilada o almacenada en bancos de datos, de entidades públicas o privadas. La declaración de este derecho como de protección constitucional, se encuentra en el artículo 15 de la Constitución Política.

El habeas data es un derecho de doble vía, según lo tiene señalado la jurisprudencia constitucional, en la medida en que los usuarios pueden conocer, actualizar y rectificar toda aquella información que sobre ellos se tenga por el manejo de sus obligaciones. Las entidades financieras pueden acudir a dichas bases de datos con la certeza de que, la información allí consignada respecto del comportamiento crediticio de sus clientes corresponde a una información veraz, actual e imparcial.

A través de la “Ley de Borrón y Cuenta Nueva”, se espera que por lo menos diez millones de ciudadanos tengan la oportunidad de renovar su historial crediticio, lo que se convierte en un impulso importantísimo para la recuperación económica del país, pero lo más importante es que muchos colombianos puedan adelantar sus emprendimientos.

¿En qué consiste esta amnistía para deudores?

“El Borrón y Cuenta Nueva” aplica exclusivamente sobre los datos con información crediticia desfavorable para el deudor, en contraste con la información que mejora la calificación crediticia, la cual permanecerá en las bases de datos de las centrales, para que facilite a los ciudadanos la aprobación de futuros créditos.

En ese sentido, en el mercado crediticio seguirá existiendo suficiente información que permita tomar decisiones a los establecimientos de crédito. Eso sí, para otorgar un producto o un crédito, las entidades no podrán usar exclusivamente el historial crediticio. Deberán considerar otros factores en el estudio de riesgo y se les exigirá indicar por escrito los motivos del rechazo de una solicitud.

Es pertinente aclarar que, esta amnistía se aplica por una sola ocasión, tanto para aquellos que paguen cuotas atrasadas, como para quienes renegocien la deuda o, incluso, aquellos cuyas obligaciones prescribieron.

La calificación crediticia deberá normalizarse de inmediato una vez se elimine el reporte negativo, por lo que, las centrales de riesgo están obligadas a crear una aplicación digital y gratuita de acceso público para todos los titulares de datos, en la cual se generen alertas al momento de adquirir nuevas obligaciones. Esto, para mitigar el riesgo de suplantaciones. La información debe actualizarse máximo 5 días después de adquirida la obligación.

¿Solo se hace efectiva para deudas bancarias?

Esta amnistía tiene efectos para toda deuda que pueda llevarlo a estar reportado en una central de riesgo, entre las que se encuentran, por ejemplo: a) las de servicios con bancos, cooperativas y comercios; b), las de quienes han comprado electrodomésticos a cuotas; c) las deudas que tienen los estudiantes con el ICETEX o; d) las deudas con operadores de telefonía móvil. En resumen, casi todas las deudas tienen posibilidad de amnistía, sin excluirse por temas como si la deuda fue adquirida hace más de diez (10) años o hace un (1) año.

¿Hasta cuándo tengo la oportunidad de beneficiarme de la amnistía?

Los deudores que paguen sus obligaciones en mora y sigan reportados en centrales de riesgo como Datacrédito, Cifin, Procredito o Transunión, podrán salir de los registros negativos luego de seis meses de haber estado reportados. Esta oportunidad se otorga siempre y cuando se pongan al día dentro del primer año de vigencia de la ley, es decir, hasta octubre del año 2022.

Sin embargo, si alguien canceló su deuda tres meses antes de la sanción presidencial, esperará solo tres meses. Mientras que aquellos que pagaron seis meses o antes de la sanción presidencial, serán eliminados del reporte una desde noviembre del 2022, el requisito es que hayan aparecido reportados durante seis meses.

En los casos especiales de los estudiantes con créditos del ICETEX, los pequeños productores, los jóvenes rurales, las mujeres rurales y las víctimas del conflicto armado, que extingan su deuda cuando entre en vigencia el termino contemplado por la Ley, saldrán inmediatamente del reporte negativo.

¿Qué trámites adicionales debo realizar para beneficiarme de esta amnistía? Ninguno, todos los titulares de datos verán borrado la información desfavorable de manera automática, en el mismo momento en que se cumplan los plazos ordenados en la ley, es más, las centrales de riesgo son las que deberán crear mecanismos para que esta eliminación sea automática, inmediata, sin trámites y sin intermediarios.

¿Qué sucede si mis deudas son de una cuantía mínima?

La ley también permitirá que las personas que, tengan deudas inferiores al 15% del salario mínimo, reciban dos comunicaciones antes de ser reportadas negativamente. Las notificaciones deberán realizarse con 20 días de diferencia entre una y otra.

¿Qué pasará con los reportes registrados en la pandemia ocurrida entre 2019 y 2021?

La “Ley de Borrón y Cuenta Nueva” dispone que, serán eliminados sólo los reportes negativos generados entre el inicio de la emergencia sanitaria, 12 de marzo de 2020, y el 31 de diciembre del mismo año, pero sólo si los titulares hayan intentado una reestructuración de la obligación.

El deudor que hay continuado en mora de su obligación después del 31 de diciembre de 2020, continuará con un reporte crediticio desfavorable.

Cómo se protege a los Ciudadanos afectados por la Suplantación Personal.

La Ley 2157 de 2021 o “Ley de Borrón y Cuenta Nueva”, no sólo reguló aspectos del habeas data perteneciente al “historial crediticio” de los ciudadanos colombianos, también incluyó disposiciones para proteger a los ciudadanos afectados por la suplantación personal.

Las víctimas de este delito deberán ser retirados de reportes negativos en centrales de riesgo, siempre y cuando presenten la solicitud y la copia de la denuncia penal del fraude ante la entidad financiera.

Paralelamente, las centrales de riesgo tendrán que contar con una aplicación de acceso público a todos los titulares de datos, donde se generen alertas al momento de adquirir nuevas obligaciones, con el fin de mitigar el riesgo de suplantaciones.